Economía
En el caso del IASS el mínimo sube a $ 19.336 por mes | El dilema de la BPC. Ardua negociación entre Economía y Trabajo para llegar a un acuerdo Mínimos del IRPF y el IASS suben 8,6% | w Aportes al Fondo de Solidaridad también suben
Tras intensas negociaciones entre los ministerios de Economía y Trabajo, finalmente se acordó que los topes de algunas prestaciones sociales (seguro de paro, asignaciones, entre otras) se ajusten por la variación del Índice Medio de Salarios.
De esta manera, el gobierno recogió la preocupación que habían transmitido días pasados la organización de jubilados (Onajpu) y el Pit-Cnt sobre el perjuicio que generaría incrementar la Base de Prestaciones y Contribuciones (BPC) -que es la que establece los montos de esas prestaciones- por la evolución de la inflación como pretendía en un principio el Ministerio de Economía.
Hasta ahora, el ajuste de la BPC podía realizarse tanto por la evolución del Índice Medio de Salarios (IMS) como por el Índice de Precios al Consumidor (IPC). En cualquiera de los dos indicadores que era empleado, el Poder Ejecutivo tenía discrecionalidad para ajustar más/menos un 20%.
Precisamente, la ardua negociación entre las carteras de Trabajo y Economía se desató por la diferencia entre la evolución de ambos indicadores a lo largo del año pasado. Mientras que la inflación cerró 2011 en 8,6%, los salarios a noviembre acumulaban una suba de 13,5% y se estima que terminarán el año con una variación de 14%.
No obstante, ayer en una reunión en la Torre Ejecutiva entre jerarcas de los ministerios de Trabajo y Economía, el Pit-Cnt y la Onajpu, se encontró una salida que dejó satisfechas a las partes.
La BPC se ajustará este año por la evolución exacta de la inflación en 2011 (8,6%) y regirá para los topes de IRPF e IASS, entre otros (ver aparte). Pero, en el caso de algunas prestaciones sociales como los topes que pueden cobrarse por seguro de paro, enfermedad, el porcentaje que se define por núcleo familiar para las asignaciones, el ajuste de las asignaciones familiares no contributivas que paga el Banco de Previsión Social (BPS), así como los máximos para las jubilaciones por invalidez y la prima por edad se incrementarán por la suba anual que tendrá la Unidad Reajustable (UR) que se define por la evolución del IMS.
"Es una noticia importante porque tanto la preocupación de los trabajadores como de los jubilados fue recogida parcialmente por el gobierno", dijo al termino del encuentro, Ariel Ferrari, representante de los trabajadores en el directorio del BPS. En tanto, el ministro de Trabajo, Eduardo Brenta, explicó que dado el incremento real de los salarios de los trabajadores en 2011, si algunas prestaciones sociales se ajustaran por la evolución del IPC "muchos trabajadores perderían sus beneficios", explicó.
Por ese motivo, se definió que de ahora en más para ajustar estas prestaciones sociales se utilice la Unidad Reajustable (UR), que cambia según la variación del IMS. "En conclusión, ningún trabajador o pasivo va a ver disminuidas sus prestaciones por el incrementos de sus ingresos", remarcó Brenta.
El Poder Ejecutivo enviará en breve un proyecto de ley al Parlamento para instrumentar este cambio en la modalidad de ajuste de las prestaciones sociales por la UR. Si bien el receso parlamentario se levanta el 1º de marzo, esta iniciativa legal tendrá un rápido trámite porque los ajustes son retroactivos al 1º de enero de este año, dijo Brenta.
Negociación. Las gestiones para alcanzar esta formula no fueron sencillas. En un primer momento, Economía estaba firme en ajustar la BPC por la evolución del IPC sin tener en cuenta la evolución de los salarios como pretendía el Ministerio de Trabajo.
Hasta el miércoles, Economía se mantuvo en su postura, pero a partir de ese día decidió negociar con Trabajo. Fuentes oficiales dijeron a El País que los reclamos del Pit-Cnt y de la Onajpu son cosas que le llegan al presidente, José Mujica, lo que derivó en un cambio de postura de Economía que inició un proceso de negociación que culminó ayer.
Según explicó una fuente, si la BPC se ajustaba por el IMS "a Economía le impactaba muy fuerte en la recaudación".
El Ministerio de Trabajo, en tanto, decidió que no iba a pedir que otros aspectos como el IRPF, por ejemplo, se ajustaran por salarios al entender que (más allá que la BPC suba por inflación) hay un proyecto de ley que eleva el mínimo no imponible de este gravamen. Aunque sí le advirtió a Economía "que si el ajuste era lo más cerca de la inflación como quería este Ministerio eso "impactaba mucho en las prestaciones".
La otra opción era ir a una media entre la variación del IPC y del Índice Medio de Salarios (solución a la que se llegó en 2011) pero eso era "meterle la mano en la caja" a Economía resumió una fuente.
Qué se discutía
En algunos beneficios como el seguro de desempleo y de enfermedad, la Base de Prestaciones y Contribuciones (BPC) determina los topes máximos que se pueden cobrar. Si bien eso era importante para el Ministerio de Trabajo, lo más relevante era el ajuste en las asignaciones familiares, donde podía haber beneficiarios que dejaran de cobrarlas (si la suba de la BPC que determina quienes cobran es menor que la de los salarios) y también el ingreso de jubilados al Fonasa se definía por la BPC. Por eso el objetivo fue, que "preservar" las prestaciones de seguridad social, dijo una fuente oficial.
El mínimo no imponible del IRPF pasa a $ 16.919
Con el ajuste de 8,6% -en función del registro de inflación de 2011- la Base de Prestaciones y Contribuciones (BPC) pasa de $ 2.226 a $ 2.417. Esto determina que el mínimo no imponible del IRPF para los trabajadores se eleve a $ 16.919 retroactivo al 1º de enero. A su vez, el mínimo del IASS aumenta a $ 19.336.
Con la corrección anual de la BPC se actualiza el mínimo no imponible del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF), las franjas de aportes de ese gravamen y sus deducciones. A partir de este año, el mínimo no imponible (que equivale a siete BPC mensuales) se incrementa en $ 1.037 y queda en $ 16.919.
Asimismo, se modifica el mínimo no imponible en el caso de elegir la opción de tributar por núcleo familiar. Si los dos integrantes de la pareja perciben más de un salario mínimo por mes, tendrán como nuevo mínimo no imponible del IRPF el equivalente a 14 BPC mensuales, que pasan a ser $ 33.838 (actualmente dicho valor está en $ 31.164). En tanto, si solo uno de ellos percibe un salario mínimo o más, el mínimo no imponible para tributar bajo esta modalidad pasa de $ 17.808 a $ 19.336 (ocho BPC mensuales).
Por otro lado, se modifican los valores en pesos de las franjas de aportación.
El tramo de ingresos que paga un 10%, queda entre $ 16.920 y $ 24.170, el que tributa con una tasa de 15% queda comprendido entre $ 24.171 y $ 36.255; un 20% se aplica al tramo de $ 36.256 a $ 120.850 y 22% para la franja de $ 120.851 a $ 241.700. Al tramo de ingresos que superen ese monto se le aplica una tasa de 25%.
Todas estas franjas no comprenden los cambios incluidos en el proyecto de ley que envió el Ejecutivo al Parlamento (que sube los mínimos no imponibles y agrega una nueva franja de ingresos).
Por otra parte, también se ajusta el valor de las deducciones que pueden hacerse por hijos menores de edad a cargo (que ahora serán de $ 2.618) y por hijos mayores o menores legalmente declarados incapaces (que serán de $ 5.237). En el caso de tutela o curatela se aplican las mismas deducciones.
PASIVOS. En tanto, el mínimo no imponible del Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS) se ubica en ocho BPC mensuales, por lo que sube de $ 17.808 a $ 19.336.
Las franjas de ingresos también se corren hacia arriba. La primera, que es gravada con un 10%, pasa a ir desde $19.337 hasta los $ 36.255. La segunda, gravada con un 20%, irá de $ 36.255 hasta $ 111.300. La siguiente, aplica una tasa de 20% al tramo de ingresos de entre $ 111.301 y $ 120.850. Todo el tramo de ingreso que supera ese monto es gravado con una tasa de IASS del 25%.
Jubilación mínima será de $ 4.834
La suba del valor de la Base de Prestaciones y Contribuciones (BPC) también modifica al alza la jubilación mínima, que pasa a ser de $ 4.834 retroactivo al 1° de enero. Actualmente, la jubilación mínima está en $ 4.452, ya que equivale a dos BPC, pero con el ajuste que definió el Ejecutivo ahora equivaldrá a $ 4.834, es decir, $ 382 más.
Este valor aumentará a mediados de año, ya que la ley vigente establece que a partir del 1° de julio subiría a 2,25 BPC. Por tanto, a partir de ese mes la jubilación más baja deberá ser de $ 5.438, lo que representará un nuevo incremento de $ 604.
Por otra parte, las contribuciones de egresados de la Universidad de la República y de nivel terciario (que deben hacer a partir del quinto año de egresar) también se rigen por la BPC. En ambos casos, si la carrera de la que se recibieron es menor a cuatro años, pagarán $ 1.209. Para las de cuatro años, el aporte será de $ 2.417 y para las de cinco o más años será de $ 4.028.
A su vez, el beneficio máximo que reciben los estudiantes becados (que es de dos BPC mensuales, percibidas trimestralmente) aumenta a $ 4.834 .
El País Digital