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domingo, 18 de noviembre de 2012

25 DE NOVIEMBRE Día Internacional por la no violencia contra la mujer


En el Primer Encuentro Feminista Latinoamericano y del Caribe, celebrado en Bogotá, en Julio de 1981, surge la propuesta de hacer el 25 de noviembre un día de reflexión y denuncia contra las diferentes formas de violencia que sufren las mujeres. En esa fecha, 1960, en la República Dominicana, las hermanas Patria, Minerva y María Teresa Mirabal, opositoras al dictador Rafael Leonidas Trujillo, habían sido asesinadas por él. En el mencionado encuentro de Bogotá se hizo el compromiso de impulsar en los respectivos países la celebración de esa fecha.
Posteriormente, en la Conferencia Internacional de la Mujer organizada por Terre de Hommes (R.F.A) celebrada del 6 al 15 de Mayo de 1987 en Taunus, República Federal Alemana, se analizó la situación de las mujeres, verificándose la existencia de problemas que eran consecuencia de crisis económicas, políticas, o bien resultado de la militarización y de la explotación. Con los considerándos y exigencias planteadas, las participantes acordaron el 15 de mayo de 1987 declarar el 25 de Noviembre como DIA INTERNACIONAL POR LA NO VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
LA DICTADURA DE TRUJILLO 1930-1961
EL ESCENARIO DE LAS HERMANAS MIRABAL
La dictadura del general Rafael Leonidas Trujillo se inicia con su ascenso al poder en 1930 en la República Dominicana, país caribeño que se extiende en la parte oriental de la Isla de Santo Domingo.
El país había sido ocupado por militares norteamericanos desde 1916 a 1924. Los soldados y oficiaE
25 DE NOVIEMBRE

Banco de Seguros del Estado, sus rechazos médicos y administrativos

Banco de Seguros del Estado, sus rechazos médicos y administrativos

Desde hace años diversos sindicatos y nuestro PIT-CNT han manifestado por distintas vías nuestra disconformidad con la política de rechazos que el BSE aplica.
En la medida que es necesario e impostergable tomar acciones, nuestra Secretaría elevó al Secretariado y a la Mesa Representativa la siguiente nota:
24 de Octubre de 2012.
Compañeros del Secretariado Ejecutivo y la Mesa Representativa.
Históricamente nuestro movimiento sindical defendió y defiende a la Institución Banco de Seguros del Estado responsable de la prestación en caso de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de acuerdo a nuestro marco normativo legal.
Nos pronunciamos en contra siempre que se intentó privatizar esa prestación, particularmente en la década del 90, también señalamos reiteradamente en las resoluciones de los últimos Congresos nuestra discrepancia con la forma como son atendidos nuestros compañeros, sosteníamos y sostenemos:
Defender el monopolio estatal de la aplicación del CIT 121 de OIT (Prestaciones en materia de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales)
Exigir al BSE la correcta aplicación de la Ley 16074 (Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales)
Actualmente, no se está dando adecuada cobertura a los trabajadores aplicándola con un criterio restrictivo que se expresa con un elevado porcentaje de rechazos (administrativos y médicos), privilegiando la salud económica del Instituto frente a la defensa de la Salud de los Trabajadores.
En el correr de los últimos años, distintos sindicatos (UNTMRA, SUNCA, SOIMA, SUNTMA, FUECYS, etc) han planteado a las autoridades del mismo las dificultades que enfrentan los compañeros para que les sea otorgada esa cobertura.
El problema no está cuando el trabajador es aceptado, sino antes de ello, cuando es rechazado, cuando le es negado el derecho a esa cobertura.
Sostenemos que se está vulnerando el Derecho del Trabajo, ya que la cobertura que brinda el BSE, en caso de Accidentes y Enfermedades del trabajo, es una contraparte de la subordinación que implica el contrato de trabajo, conjuntamente con el “deber de seguridad”, ambas de exclusiva responsabilidad patronal.
Por la vía de los hechos se ignora y se viola el sentido protector del Derecho del Trabajo, principio fundacional del mismo.
Si bien recientemente, se amplió la lista de Enfermedades profesionales que se reconocían, continúa la práctica de restringir el acceso al derecho que mencionamos.
Es práctica común que se considere una lesión sin un pormenorizado análisis de la forma como se trabaja.
Entendemos que tan solo observando el efecto o sea el deterioro en el estado de salud del trabajador, no es posible determinarlo en muchos casos, tal como indica la ciencia y la técnica.
Cotidianamente recibimos planteos de gremios, sindicatos y trabajadores acerca de esta problemática.
Como arriba indicamos reiteradas veces, gremios y sindicatos, nuestra delegación en el Consejo Nacional de Salud y Seguridad en el Trabajo, el Secretariado Ejecutivo, han reclamado una solución a esta inequidad frente a las autoridades del organismo.
Entendemos conveniente plantear este problema a las autoridades ejecutivas de nuestro PIT-CNT en la medida que entendemos que las diversas gestiones realizadas y ya mencionadas no han tenido resultado y por la vía de los hechos estamos perdiendo derechos.
Consideramos que los tiempos ya se han agotado, no pueden decir de ninguna forma la autoridades responsables que no hemos comprendido las dificultades que enfrentan, que no hemos tenido la paciencia responsable, es necesario indicar claramente que no podemos esperar más, por la vía que se considere conveniente. 
Secretaría de Salud Laboral y Medio Ambiente.

SALUD LABORAL

Actualmente, no se está dando adecuada cobertura a los trabajadores aplicándola con un criterio restrictivo que se expresa con un elevado porcentaje de rechazos (administrativos y médicos), privilegiando la salud económica del Instituto frente a la defensa de la Salud de los Trabajadores.
Trabajo & Utopía es una publicación del PIT CNT elaborada por el Instituto Cuesta - Duarte, Depósito Legal 317271
José D’Elía, Presidente Honorario del Pit Cnt y del Instituto Cuesta-Duarte, Redactor Responsable: Carlos Cachón
PIT - CNT: Avda. Juan D. Jackson 1283 - ICUDU: Avda. Juan D. Jackson 1283, Montevideo.Secretario de Formación Pit Cnt: Carlos Cachón. Director General del ICUDU: Milton Castellano, Directora Adjunta: Zulema Arena. Gabinete Técnico: Alejandra Picco, Hugo Bai, Pablo Da Rocha, Braulio Zelko,
Andreina Moreira, Bruno Giometti.
Consejo Técnico: Fernando Pereira, Diego Alonso, Edgardo Oyenart, Luis Goichea, María Montañez, Miguel Eredia y Aurelio Pisciotano, Area Proyectos: Tania Falero, Edición y coordinación periodística: Marta Valverde, Secretaria: Patricia Bouzas. Contables: José Chipito, Adriana Zarauz y Santiago Suárez. Coordinador de Formación Sindical: Mario de Saá. Impreso en REG S.A. Garibaldi 2579 Tel. 2 4873565

viernes, 3 de agosto de 2012

CONVENIO TRIPONES


CONVENIO TRIPONES
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Boletín al 3 de agosto de 2012


Índice de Precios al Consumo
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El Instituto Nacional de Estadística dio a conocer este jueves 2 de agosto los datos correspondientes al Índice de Precios del Consumo (IPC) correspondientes al mes de julio de 2012.
 
Según este trabajo, la inflación, en el séptimo mes del año, se ubicó en un 0,27%, acumulando un 4,41% en lo que va del año y un 7,48% en los últimos doce meses. En julio se registraron incrementos menores a los experimentados en el mismo mes de 2011. En esa oportunidad, el IPC se había ubicado en 0,75%, con una acumulación anual del 5,50% e interanual del 8,25%.
 
Los rubros que más incidieron en el IPC de julio fueron Alimentos y Bebidas no alcohólicas (1,31%), Muebles y Artículos para el hogar (0,88%) y Bienes y servicios diversos (0,78%). En cambio, hubo bajas de precios en los rubros Vivienda (-2,31%), Prendas de vestir y calzado (-0,97%) y Comunicaciones (-0,03).
 
Aborto: nuevo proyecto tiene los votos del FA, del PI y un colorado
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Esta semana los legisladores que integran la comisión definirán el régimen de trabajo que desarrollarán, para acelerar la redacción del informe que remitirán al plenario de la Cámara de Representantes antes del 17 de agosto.
 
La Comisión especial recibirá a las delegaciones que están a favor y en contra del proyecto, así como autoridades de Salud Pública, técnicos y académicos. 
 
El cometido de la Comisión será analizar los tres diferentes proyectos que están a estudio del Parlamento vinculados a la despenalización del aborto.
 
La Comisión fue impulsada por el Frente Amplio (FA) y el diputado Iván Posada del Partido Independiente, y contó con el apoyo de los partidos blanco y colorado. Los cuatro partidos dieron los nombres de los legisladores que los representarán en la comisión especial, durante una reunión de coordinación celebrada días atrás.
 
Los nueve diputados designados: Gerardo Amarilla y Antonio Chiesa, ambos del Partido Nacional; Berta Sanseverino, Walter de León, Maria Elena Laurnaga y Souza del FA; Iván Posada del Partido Independiente y Daniel Bianchi y Fitzgerald Cantero del Partido Colorado. El diputado Gerardo Amarilla, además, es evangelista practicante.
 
Además del proyecto del FA aprobado en el Senado, está a estudio el proyecto presentado por el diputado colorado de Vamos Uruguay, Fernando Amado, el que en principio no contaría con las mayorías requeridas.
 
La nueva comisión tiene nueve miembros de los cuales cinco votarán afirmativamente por el proyecto: Posada y los cuatro frenteamplistas. Los colorados y los nacionalistas votarán en contra.
 
La leche materna reduce un 50% casos de muerte súbita
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La Semana Mundial de la Lactancia Materna se celebró en nuestro país con diversas actividades del 1º al 3 de agosto en la Plaza Líber Seregni.
 
La debida lactancia al recién nacido ha cobrado la importancia que merece en los últimos años y además de las organizaciones estatales, decenas de ONG trabajan en este aspecto y hasta se desarrollan cursos sobre promotoras de la lactancia materna.
 
La leche materna, en el bebe reduce al 50% la posibilidad de una muerte súbita, por nombrar algunas de sus saludables ventajas que perduran para toda la vida adulta. Además de constituir el alimento ideal para los niños pequeños, colabora en la salud de la madre, previniendo enfermedades como el cáncer de mama y ovarios y depresión posparto.
 
El Ministerio de Salud Publica recomienda la leche materna exclusiva durante los 6 primeros meses de vida. A partir del medio año, se requieren alimentos complementarios. Las autoridades sugieren mantener la lactancia al menos hasta los 2 años de edad.
 
Además de disminuir la muerte súbita, se constató que mejora el crecimiento y desarrollo, previene la diabetes y la posibilidad de obesidad durante la niñez, adolescencia y adultez. Además, se encontraron menos problemas de endodoncia y dermatitis atópica en los niños que fueron amamantados. También es económica para la familia y para el país. Se ahorra en alimentos y al estar más sano el bebé, se reduce su atención sanitaria y medicamentos y el ausentismo laboral de sus padres.Por último, es ecológica: no necesita fabricarse, envasarse ni transportarse.
 
El 96% de los participantes del Programa Tránsito Educativo está estudiando
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La evaluación realizada por el Plan en su tercera fase de ejecución, contó con la participación de 100 docentes comunitarios de 25 localidades de todo el país.

La experiencia piloto se desarrolla en 175 centros educativos de todo el país, de los cuales 125 son escuelas, 25 liceos y 25 escuelas técnicas dependientes del Consejo de Educación Técnico Profesional (Cetp, ex UTU).

El Programa Tránsito Educativo tiene como objetivo abordar los riesgos específicos de desvinculación de los adolescentes del sistema educativo formal, en su pasaje de Educación Inicial y Primaria a la Educación Media Básica.
 
10 años de la aprobación de la Ley de Violencia Doméstica
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El ministro de Salud Pública, Jorge Venegas, convocó a un acto por los diez años de la aprobación de la Ley de Violencia Doméstica, aunque desde 1995 está tipificado como delito en el Código Penal en el marco de la Ley de Seguridad Ciudadana. La norma que cumplió una década estableció una definición clara de la problemática y la posibilidad de que la Justicia civil o penal disponga medidas cautelares para la víctima, lo cual se traduce en una orden de alejamiento para el agresor.
 
La falta de controles judiciales al cumplimiento de esta medida ha sido uno de los reclamos más fuertes de las organizaciones. La mayoría de las víctimas mortales por violencia doméstica -van 15 en lo transcurrido de 2012- contaba con esa medida de protección o había denunciado a su agresor.
 
“La doméstica es una forma salvaje de violencia y sigue sucediendo pese a las reservas morales de la sociedad. No hay estamento social ni espectro socioeconómico e idelógico donde no esté presente. Este tema no puede estar oculto en la sociedad y debe formar parte de la política nacional”, afirmó Venegas, quien a su vez lamentó la ausencia de público durante la conferencia. “Esto es importante reflexionarlo con un auditorio repleto, pero bueno, no es así”, dijo el Ministro Venegas.
 
Con esta acción se busca revertir prácticas judiciales-institucionales que no se ajustan a la normativa nacional e internacional. El comparecimiento conjunto de la víctima y el agresor, expresiones del tipo “intímese a las partes a evitar conflictos” o “mantener la armonía familiar”, no arrestar al agresor cuando incumple las medidas cautelares o no supervisarlas, resoluciones infundadas, falta de coordinación entre los juzgados penales y civiles, son cosas que, diez años después, siguen sucediendo en el Poder Judicial.


BPS analiza pensiones para 110 huérfanos por violencia doméstica
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El presidente del BPS, Ernesto Murro, informó la situación ante la Comisión de Constitución y Códigos de la Cámara de Diputados, donde concurrió a informar sobre el proyecto de ley para dar asistencia a las víctimas del delito.

Murro comunicó a los legisladores que hasta el momento han sido 110 los menores que pidieron pensión de acuerdo a la normativa vigente, que refiere al delito específico de la violencia doméstica. Se trata de un pago mensual de $ 5.200 pesos. Eso se suma a una asignación familiar especial, asistencia sicológica y derecho a elegir prestador de salud.

La intención es extender el beneficio a aquellos que son víctimas de otro tipo de delitos, como rapiñas o familiares de personas asesinadas.
 
Detectan bolivianas en infracción laboral
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La dirección general de Inspección de Trabajo del Ministerio de Trabajo recibió una denuncia de parte de una ONG señalando que en una residencia estaban trabajando dos mujeres indocumentadas y, cumplidos determinados requisitos, personal de la Inspección se apersonó en el lugar a fin de verificar la denuncia. 
 
En esta primera acción, los inspectores no pudieron ingresar al domicilio ante la negativa de las empleadas las que, además, señalaron que no estaban autorizadas a permitir el acceso de ninguna persona y menos, a mantener un diálogo con extraños según los expresos dictados de los dueños de la residencia. 
 
Los funcionarios de la dependencia del Ministerio de Trabajo se retiraron del lugar e inmediatamente se procedió a solicitar la autorización de un juez laboral para poder ingresar al hogar. Este procedimiento es la primera vez que se realiza desde que está vigente la ley laboral de las empleadas domésticas, recordaron voceros de la Dirección de Inspección del Trabajo.
 
Con el dictamen del juez laboral y con apoyo de efectivos policiales, los inspectores volvieron a la residencia y, esta vez sí pudieron ingresar y corroborar que allí había dos mujeres, de nacionalidad boliviana, desempeñándose como trabajadoras domésticas sin ningún tipo de documentación nacional que las habilite a permanecer en el país y menos, a ser empleadas.
 
Ahora, con la constatación de la violación de la ley de empleo doméstico por parte del MTSS, las dos mujeres seguirán viviendo en el lugar y el empleador deberá demostrar ante las autoridades oficiales cómo fue que las contrató, en qué condiciones, y certificar si su intención era regular su condición de extranjeras.
 
Fuente: La República,  Últimas Noticias, La Diaria

domingo, 1 de julio de 2012

Preguntas Frecuentes ...


¿Cómo se calcula la licencia de un jornalero?
El cálculo es el siguiente: los días que trabaja por semana, los multiplica por 4,32, que son las  semanas que tiene el mes,  por los meses del año trabajados por 0,066 que es lo que genera de licencia por día un trabajador jornalero.
Ej.: Un jornalero que trabaja de lunes a viernes (y que no distribuyó las horas del sábado en el resto de la semana):  5 * 4,32 * 12 * 0,066 = 17 días de licencia al año. Debe tenerse en cuenta lo dispuesto en el art.8 de la Ley 12.590, que establece que existen determinadas faltas que deben considerarse como días trabajados y por consiguiente generan vacaciones. Ellos son:
  • los descansos semanales;
  • los feriados, tanto comunes como pagos (en el caso de los jornaleros, los feriados comunes se trabajan)
  • las faltas por enfermedad comunes como profesionales y accidentes de trabajo
  • suspensiones no imputables al trabajador (falta de materias primas, lluvias, etc.) siempre que haya estado a la orden el empleador
  • ausencias por huelga
      
    A este resultado lo multiplica por lo que gana por día y así obtendrá el monto que debe abonar por licencia. El salario vacacional es dicho monto efectuados los descuentos.
¿Cómo se cuentan los días de licencia?
Con respecto a la consulta formulada Ud. encontrará la respuesta en el texto del Decreto 497/78 del 23/8/78 el cual dispone que las vacaciones anuales se extienden por veinte días y dentro de ellos no se incluyen los feriados, ni los domingos, pero sí los días sábados. En principio los días en rojo en el calendario deben ser salteados al contar los días de licencia (se trate de domingos o feriados tanto sean comunes o pagos), esto es igual para mensuales como para jornaleros.  Si bien este es el principio general hay que tener en cuenta si se celebró un convenio colectivo debidamente aprobado, donde se haya pactado la computabilidad de todos los feriados o de alguno de ellos en período de vacaciones anuales.
¿Cómo se calcula el salario vacacional y cuándo se paga?
El salario vacacional se abona al salir de licencia, y es el 100% del jornal líquido de vacaciones.
Si es mensual y sale 10 días, a ese sueldo mensual se le hacen los descuentos se divide entre 30 y lo que da se multiplica por 10.
Si es un trabajador jornalero, el salario vacacional será el resultante de multiplicar el jornal líquido por los días de licencia.
¿Cuántos días de licencia me corresponden por matrimonio, nacimiento de un hijo, fallecimiento de un familiar o estudio?
Marco Normativo: Ley 18345 de fecha 11/09/2008  y 18458 de fecha 02/01/2009
LICENCIA POR ESTUDIO:
Regulada por el artículo 2 de la ley 18458 que establece: “Aquellos trabajadores que cursen estudios en Institutos de Enseñanza Secundaria Básica, Educación Técnica Profesional Superior, Enseñanza Universitaria, Instituto Normal y otros de análoga naturaleza pública o privada habilitados por el Ministerio de Educación y Cultura, tendrán derecho, durante el transcurso del año civil, a una licencia por estudio de acuerdo al siguiente régimen:
A) Para hasta 36 horas semanales, 6 días anuales como mínimo.
B) Para más de 36 horas y menos de 48, 9 días anuales como mínimo.
C) Para 48 horas semanales, 12 días anuales como mínimo.
Estas licencias deberán otorgarse en forma fraccionada de hasta tres días, incluyendo el día del examen, prueba de revisión, evaluación o similares.
También tendrán similar derecho a licencias por estudio quienes realicen cursos de capacitación profesional, cuando éstos se encuentren previstos en convenios colectivos o acuerdos celebrados en el ámbito de los Consejos de Salarios...”
El artículo 3º de la ley 18458 establece que para gozar de este derecho los trabajadores deberán tener más de 6 meses de antigüedad en la empresa.

LICENCIA POR PATERNIDAD, ADOPCIÓN Y LEGITIMACIÓN ADOPTIVA.
El artículo 5º de la Ley 18345. establece que todos los trabajadores de la actividad privada tendrán derecho a la siguiente licencia con goce de sueldo en ocasión del nacimiento de sus hijos. El padre tendrá derecho a una licencia especial que comprenderá el día del nacimiento y los dos días siguientes. Debe acreditar el hecho ante su empleador mediante la documentación probatoria correspondiente en un plazo máximo de 20 días hábiles y de no hacerlo le podrán ser descontados como si se tratara de inasistencias sin previo aviso.

LICENCIA POR MATRIMONIO.
El artículo 6º de ley 18345 prevé una licencia  de tres días por matrimonio, uno de dichos días debe coincidir con la fecha en que se celebró el mismo. A su vez el trabajador debe realizar un aviso fehaciente al empleador del casamiento, en un plazo mínimo de 30 días previos al mismo y en un plazo máximo de 30 días deberá acreditar el acto de celebración del matrimonio ante su empleador  mediante la  documentación probatoria pertinente  y en caso de no hacerlo,  le podrán descontar los días como  si se tratara de inasistencias sin previo aviso.

LICENCIA POR DUELO.
Se encuentra regulada por el artículo 7º de la ley 18345 el cual señala que los trabajadores tendrán derecho a disponer de una licencia de tres días hábiles con motivo de fallecimiento del padre, madre, hijos, cónyuge, hijos adoptivos, padres adoptantes, concubinos y hermanos. La acreditación del fallecimiento deberá hacerse en un plazo máximo de 30 días, y en caso de no hacerlo, le podrán descontar los días como si se tratara de inasistencias sin previo aviso.
Cabe puntualizar que mediante convenios colectivos o a través de los respectivos Consejos de Salarios, podrán acordarse regímenes más favorables para los trabajadores, motivo por el cual para un adecuado asesoramiento se deberá consultar si existe normativa especial para cada grupo y subgrupo de actividad.
Cuando un trabajador en calidad de testigo se ausenta de su trabajo debido a una citación judicial, ¿se le debe descontar del sueldo?
Se le debe abonar por el tiempo que duró la declaración, esto está expresamente previsto en el Código General del Proceso, artículo 160.5 que establece: " No se descontará del salario del testigo compareciente el tiempo que estuvo a disposición del Tribunal".
El ficto de vivienda y viáticos de trabajadores rurales, se computa para el cálculo de aguinaldo, salario vacacional, licencia e indemnización por despido o en algunos casos no se toma en cuenta?
El tema vivienda es el que está expresamente previsto para los trabajadores rurales en la Ley 13.619 art.1º y Dec. 647/78 art. 23. En dichas disposiciones legales se establece que para el cálculo del aguinaldo, de la licencia y el salario
vacacional debe tenerse en cuenta como salario las prestaciones en especie.
Para ello debe considerarse el ficto legal, establecido por el Poder Ejecutivo para el cálculo de dichos beneficios (ver). También debe ser incluido el viático que tiene naturaleza salarial, es decir aquel viático que es recibido por el trabajador en ocasión de su trabajo y por el cual no tiene que rendir cuenta en qué lo gasta.
El período que un trabajador está enfermo amparado por el Banco de Seguros o exDISSE, ¿se debe tomar en cuenta para el cálculo y para el pago de la licencia?
A) Licencia y subsidio por enfermedad común (ex disse)
La normativa en el tema es el Decreto  Ley 14.407 el cual considera el "tiempo que el trabajador no pudiera prestar servicios por razones de enfermedad será computado como si realmente hubiera trabajado para la aplicación de las normas de derecho del trabajo de que sea titular..." . Esto significa que durante dicho período el trabajador sigue generando los beneficios que marca la ley como si efectivamente estuviera cumpliendo funciones, y estos derechos dicen relación en todos sus efectos. Dicha norma debe armonizarse con la ley de licencias 12.590, cuyo artículo 8 establece que no "se descontarán los días que el trabajador no hubiese laborado durante la semana, la   quincena o el mes, por festividades o asueto, enfermedad debidamente comprobada por un término no mayor a 30 días en el año".
Teniendo en cuenta ambas normas, si bien en una primera instancia el tiempo en el cual el trabajador se encuentra amparado al Seguro de Enfermedad se computa como si efectivamente  trabajara a los efectos de la generación de licencia, la enfermedad no debe superar los 30 días, según lo establecido por la Ley 12.590 en coordinación con el Decreto Ley 14.407.
Esta situación se describe sin perjuicio de la aplicación del Convenio Internacional N° 132 por el cual se establece que "En las condiciones que en cada país se determinen por la autoridad competente o por el organismo apropiado, las ausencias del trabajo por motivos independientes de la voluntad de la persona interesada, como enfermedad, accidente o maternidad serán contadas como parte del período de servicios".
El punto a dilucidar es la discordancia entre la normativa nacional (Decreto Ley 14.407 y 12.590) y el convenio internacional (N°132 de la OIT), y la aplicación inmediata a nuestro ordenamiento de la segunda de las normas citadas, tomando en cuenta los principios que regulan el ordenamiento jurídico nacional.
En primer lugar el convenio internacional es ley vigente en Uruguay por ratificación efectuada por el Decreto Ley 14.568 de 30/08/76 , la que ha sido incorporada a la normativa nacional. Al ser el convenio ratificado por una norma posterior en el tiempo a la Ley 12.590 y al Decreto Ley 14.407, es dable sostener la derogación tácita, respecto al punto en cuestión y su sustitución por la norma posterior.
Por todo lo anteriormente expuesto cabe concluir que en la actualidad si un trabajador se encuentra amparado al Seguro de Enfermedad sin importar cuál sea el período durante el cual está certificado, es el empleador quien debe abonar la licencia generada y el Salario vacacional correspondiente, hasta que una norma nacional traslade dicha carga a los organismos de Seguridad Social o se reglamente el convenio 132.

B) Licencia y subsidio por  accidente de trabajo o enfermedad profesional (Banco de Seguros del Estado)
El artículo 70 de la ley 16074 establece:” No podrá imputarse al goce de la licencia el tiempo no trabajo por causa de accidente de trabajo o enfermedad profesional”. Surge entonces una clara contradicción entre lo dispuesto por la ley 12590, que establece que no se descontarán de la licencia los días que el trabajador no hubiese laborado por enfermedad por un término no mayor de 30 días en el año y el Convenio Internacional de Trabajo Nro. 132, que dispone que todas las ausencias por enfermedad se computan para generar el derecho a la licencia.
Según la doctrina y jurisprudencia mayoritaria correspondería aplicar lo dispuesto por el Convenio Internacional Nro. 132.  Destacamos en este sentido al Dr. Américo Plá Rodríguez quien sostiene que a partir de la entrada en vigencia de este Convenio, todas las ausencias por enfermedad o accidente de trabajo se computan para generar el derecho a la licencia. Se entiende que el Derecho Internacional es  de aplicación inmediata al derecho interno, y que aquél tiene supremacía sobre éste. La incorporación automática del Convenio Internacional (norma superior), derogaría la norma de derecho interno anterior que la contradice. La Ley 16074 (norma de derecho interno posterior al Convenio Internacional) sería nula y no podría aplicarse, puesto que contradice lo establecido por una norma de superior jerarquía.
Por lo expuesto, concluimos con la doctrina y jurisprudencia mayoritaria que el período durante el cual el trabajador se encuentra amparado al Banco de Seguros genera licencia y salario vacacional, rubros que deben ser abonados por el empleador.
¿Cómo se calcula el valor de una hora extra en el caso de trabajadores mensuales?
El principio general indica que se debe tomar en cuenta el sueldo mensual que se le paga al trabajador y dividirlo entre 30 (días de trabajo al mes). Ese resultado nos daría cuanto vale un día de trabajo, por lo que este valor debe dividirse entre la cantidad de horas que el trabajador realiza por día.
Ese es el valor de la hora del trabajador, para el pago de su hora extra se le recarga el 100 % a ese valor.
El período de Seguro de Desempleo, ¿puede ser prorrogado?
La ley 18399 que entró en vigencia el 1º de febrero de 2009 establece en su artículo 6.2 :” En los casos de subsidio por causal despido, facúltase al Poder Ejecutivo a extender en los términos previstos  en los literales A y B del artículo 6.1, a un máximo de ocho meses o de noventa jornales, respectivamente, para la eventualidad que se registre  una caída del Producto Bruto Interno desestacionalizado durante dos trimestres consecutivos...”
¿Cómo se le liquida a una persona que trabaja 16 horas en su día de descanso?
Las primeras 8 horas, son horas comunes trabajadas en día de descanso semanal (que se remuneran con el 100% de recargo, en aplicación del art. 8 de la Ley 7.318, pero no son horas
extras, éstas serían las que sobrepasan las 8 horas (art. 4,5, 6 y 7 del Dec. Regl.).
En caso de realizar horas extras en día de descanso semanal, el precio de la hora extra dependerá de la opinión que se adopte respecto de un punto que ha sido discutido.
Este problema se resolverá dependiendo de la interpretación que se le dé a la frase del art. 1 de la Ley 15.996, donde dice: "Si la prolongación de la jornada de trabajo tiene lugar en días en que, de acuerdo a la ley, convención o costumbre por ser feriados, o gozarse de descanso semanal,  no se trabaje, el recargo será de un 150%. Esta tasa se aplicará sobre el valor hora de los días laborables." (art. 9 y 10 del Dec. Regl.).
Según la interpretación de N. Larrañaga en su libro " Horas Extras", siguiendo la letra de la ley y del Dec. Regl., una vez determinado el valor de la hora simple que rige en un día normal de trabajo (base de cálculo), se le aplicará el recargo del 150% y ese será el valor de la hora extra.
Si tomamos como ej. que la hora simple es de $10, la hora extra en día de descanso debería ser de $25 ( $10 de la hora común en día laborable + $15 por concepto de recargo sobre la hora simple es decir el 150%). Esta es también la interpretación que ha sostenido el MTSS, a través del dictamen de su Sala de Abogados, publicado en el informativo laboral de CADE  N° 97.
Para la otra interpretación la hora extra en día de descanso semanal debería ser de $35 ($20 de la hora en día de descanso semanal + $15 por concepto de recargo sobre la hora simple, es decir 150%).
Esta es la interpretación que sostiene Plá Rodríguez en la Rev. de Derecho Laboral N° 152.
Santiago Pérez del Castillo sostiene esta misma posición, basándose en la aplicación conjunta de las normas de descanso semanal con las horas extras. Concluye que la hora extra en días de descanso semanal, debe ser abonada el doble por ser trabajo en día de descanso adicionándole además un incremento del 150% sobre la hora sencilla.  
¿Cómo se configura el abandono del trabajo? ¿Se debe pagar despido?
En primer lugar, debemos definir que se entiende por abandono de trabajo.
Manuel Alonso Olea entiende que abandono es :" Todo acto o conducta que sea revelador del propósito deliberado de dar por terminado el contrato"; de que en su ánimo no hay una mera voluntad de incumplimiento de una obligación contractual, sino la más exacta y entera de dejar de cumplir el contrato de trabajo por sí mismo .
De ahí que para que se configure abandono de trabajo deben confluir dos elementos:
1) La cesación en el trabajo
2) El ánimo de extinguir el contrato
En este sentido se pronuncia el T.A.T 2° turno , sent. N°74 del 25/3/94, en la que se sostiene que no basta la mera inasistencia del trabajador, sino que debe demostrarse que ella obedeció al propósito deliberado de su parte de poner fin al vínculo laboral. La conducta  del trabajador debe ser en ese sentido inequívoca, no debe dejar lugar a dudas, ya que este es el centro de gravedad de la figura del abandono: la existencia del ánimo extintivo.
Se le debería intimar el reintegro a través de un telegrama colacionado con acuse de recibo (TCC PC), ya que la jurisprudencia en general entiende que la intimación reintegratoria practicada mediante telegrama es eficaz para acreditar el abandono de tareas.
En el caso de que el trabajador no se reintegre, se configura el abandono y la empresa lo único que debe abonar es la licencia no gozada, el salario vacacional y el aguinaldo generado, y no corresponde la indemnización por despido.
El caso de un trabajador que falta injustificadamente es diferente, con ello no se configura el abandono del trabajo sino que se puede llegar a despedir al trabajador por mala conducta, o sea la empresa deberá utilizar su poder disciplinario, y corregir al trabajador, o sea comenzar a suspenderlo por las faltas.
En doctrina se entiende que, con que el trabajador tenga una reiteración de suspensiones de este tipo se puede despedirlo, sin derecho a ningún tipo de indemnización por despido.


miércoles, 20 de junio de 2012





Sabia usted?

Que tiene derecho a

 tener dos días por año remunerados

 para donar sangre.




lunes, 18 de junio de 2012

José Gervasio Artigas - Un gran revolucionario

"Unidos íntimamente, luchamos contra tiranos que intentan profanar nuestros más sagrados derechos."



domingo, 3 de junio de 2012

Carta de Alberto “Pocho” Mechoso Méndez



Fuente: fragmento de carta a sus compañeros  Alberto “Pocho” Mechoso Méndez
Hay un solo camino, hay una sola manera de vivir, sin vergüenza: peleando. Ayudando a que la rebeldía se extienda por todos lados, ayudando a que se junten el perseguido y el hombre sin trabajo, ayudando a que el ‘sedicioso’ y el obrero explotado se reconozcan como compañeros, aprendan luchando, que tienen por delante un mismo enemigo. Por todo eso, compañeros, quiero que me hagan un lugar… por todo eso no voy a tardar en volver. Libertad o Muerte.
“Pocho”.







Secuestrado en Buenos Aires en 1976

Fueron identificados los restos del uruguayo Alberto Mechoso, “fundido” en cemento con Marcelo Gelman

La Secretaria para los Derechos Humanos de la Presidencia de la República comunica que los restos óseos hallados oportunamente en Buenos Aires pertenecen al ciudadano uruguayo Alberto Cecilio Mechoso Méndez, detenido en la República Argentina el 26 de setiembre de 1976.


sábado, 2 de junio de 2012



miércoles, 30 de mayo de 2012

lunes, 28 de mayo de 2012

jueves, 24 de mayo de 2012

Salud laboral


INFORME


INFORME DE COYUNTURA TRIMESTRAL

Primer informe 2012
En un contexto internacional menos favorable, con serias dificultades en Europa,
desaceleración económica en Brasil y Argentina implementando algunas medidas que
traban exportaciones uruguayas, la producción nacional cayó 1,9% en el último
trimestre de 2011 y el crecimiento anual terminó ubicándose en 5,7%, por debajo de lo
esperado. Sin embargo, conviene precisar que el desempeño negativo del último
trimestre estuvo fuertemente influenciado por factores coyunturales como la
inactividad de la refinería de ANCAP y la sequía. Por su parte, pese a algunas
dificultades específicas registradas en los últimos meses en algunos sectores, el
desempleo sigue bajando y los salarios reales continúan creciendo mientras que la
inflación, que cerró 2011 en 8,6%, registró una leve desaceleración en los dos primeros
meses del año.
En 2011 la economía mundial continuó el proceso de recuperación económica y se
expandió 3,8% en promedio. Sin embargo, a partir de mediados de año y más
claramente en el último trimestre, las condiciones económicas empeoraron
notoriamente arrastradas por los problemas de la zona euro. Las dificultades
financieras de varias economías europeas llevaron a una nueva paralización del crédito
en esa región, que sumado a los ajustes fiscales que se están llevando adelante ‐que
incluyeron el recorte de varios derechos y beneficios conquistados por los
trabajadores‐ tuvieron un impacto negativo en el consumo y la producción. A su vez, el
crecimiento registrado luego de la crisis no fue lo suficientemente importante como
para impactar de manera favorable en el empleo y los ingresos, lo que sumado a los
recortes ha determinado fuertes protestas sociales tendientes a evitar que los
principales damnificados sean los trabajadores y sus familias. Por su parte, las
economías emergentes comenzaron a sentir más fuertemente el deterioro en las
condiciones externas y redujeron sus ritmos de expansión.
En función de todo esto, las proyecciones de crecimiento mundial fueron corregidas a
la baja para este año y se espera que la economía global crezca 3,3%. El mayor
dinamismo provendría de las economías emergentes, que pese a enlentecerse,
crecerían algo más de 5%, lideradas por la expansión de las economías asiáticas. En el
otro extremo, se espera que la zona euro se contraiga 0,5%.
En la región, tanto Argentina como Brasil comenzaron a sufrir los efectos negativos de
la crisis internacional y empezaron a tomar distintas medidas para protegerse, algunas
de promoción de la demanda interna y otras de corte más proteccionista –en
particular en Argentina‐ que están afectando negativamente a las economías de la
región y en particular a la uruguaya, pudiendo exacerbar en éstas los impactos de la
crisis.
Brasil creció 2,7% en 2011, menos de la mitad que el año anterior (7,5%). La menor
demanda externa conjuntamente con los problemas de competitividad que viene
registrando ese país (producto del fortalecimiento del real en el último año),

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determinaron que la industria prácticamente se estancara en el año. El motor de
crecimiento estuvo dado por el consumo interno que aumentó de la mano de las
mejoras que se registraron en el empleo, los salarios y las medidas adoptadas por el
gobierno para abaratar el crédito en el segundo semestre. Para 2012 se espera que la
economía brasilera crezca levemente por encima de 3%, con un desempeño más
moderado en el primer semestre y acelerándose en el segundo.
En el último trimestre de 2011, la economía uruguaya se contrajo 1,9% respecto al
trimestre inmediatamente anterior en términos desestacionalizados1, mientras que en
la comparación interanual (respecto a igual trimestre del año anterior) continuó
creciendo (3,5%) aunque a tasas mucho más moderadas. La caída del último trimestre
se explica básicamente por lo sucedido en los sectores de Suministro de Electricidad,
Gas y Agua y la Industria Manufacturera. En el primer caso la contracción se debe a los
cambios en la producción de energía como consecuencia de la sequía mientras que en
la industria incidió negativamente el cierre de la refinería de petróleo en los últimos
tres meses del año.
Con el dato del último trimestre, la economía cerró 2011 con un crecimiento de 5,7%2,
cifra que se ubica por debajo de las expectativas que tenían los especialistas
consultados por el Banco Central. No obstante, quitando el efecto negativo que
provocó la sequía al afectar el sector de suministro de energía, el crecimiento se ubica
en 6,4%.
Todos los sectores de actividad se expanden en 2011 con la excepción del suministro
de energía, destacándose el crecimiento de Transporte y Comunicaciones (12,6%) y de
Comercio, Restaurantes y Hoteles (9,9%), que desde algunos años vienen creciendo
por la encima de la media, y en 2011 explican más de la mitad del crecimiento
registrado. Desde el punto de vista de la demanda, el mayor crecimiento lo verificó el
consumo interno (7,6%) seguido de la inversión (7%). Ante una coyuntura con algunas
dificultades e incertidumbres como la actual, el consumo interno puede ser una vez
más un pilar importante para sostener la demanda acotando el ritmo de la
desaceleración económica.
Antes de conocerse el dato de cierre del año pasado, los especialistas esperaban que la
economía en 2012 creciera 4,5% aunque es probable que esas expectativas se corrijan
a la baja. La desaceleración económica se vincularía a un menor dinamismo de la
industria manufacturera como consecuencia de la menor demanda externa producto
de la crisis, problemas de competitividad en algunos sectores y las medidas
proteccionistas adoptadas por Argentina.
En relación al mercado de trabajo, los principales indicadores alcanzaron niveles
récord durante 2011. La tasa de desempleo se ubicó en 6%, lo que aproximadamente
1. Quitando los efectos estacionales que puedan afectar la producción en alguno de los trimestres que se
comparan.
2. Asimismo, se corrigió al alza el crecimiento del año anterior, pasando de 8,5% a 8,9%.

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representa unos 102.500 desocupados de los cuales casi la mitad son menores de 25
años. Por su parte, el año pasado el país logró superar la cifra de 1.600.000 ocupados.
Mientras más de 21% se desempeñó en el sector Comercio Restaurantes y Hoteles, casi
14% lo hizo en la Industria. Los datos divulgados por el INE para enero de 2012
continúan siendo positivos ya que el desempleo cayó 0,4 puntos porcentuales respecto
a igual mes del año anterior, mientras que la tasa de empleo registró un leve
incremento.
Pese a estos indicadores favorables, el mercado laboral continúa mostrando
problemas importantes. En 2011 fueron 460.000 los ocupados que no tuvieron
cobertura de seguridad social mientras que casi 120.000 trabajaron menos horas de las
deseadas. Si bien estas cifras han venido cayendo en los últimos años, el ritmo ha sido
lento en comparación con la mejora del empleo y la reducción del desempleo. En
contraste con esto último, en enero de 2012 se observó una importante caída del no
registro a la seguridad social que determinó que la falta de cobertura alcanzara a
menos de 415.000 trabajadores. Si bien es una estimación puntual y deben aguardarse
datos sobre lo que ocurra en los próximos meses, tal vez la cifra de enero pueda ser un
indicio de que se esté logrando reducir con mayor rapidez unos de los principales
problemas del mercado de trabajo como lo es la precariedad laboral.
Por su parte, los precios al consumo se incrementaron 8,6% en 2011, guarismo que
por segundo año consecutivo se ubica por sobre el “techo” del rango meta de inflación
establecido por el Banco Central. El rubro que mayor incidencia ha tenido en el
aumento de los precios durante el último año ha sido Alimentos y bebidas no
alcohólicas (que explica 2,3% del total de la inflación), seguido por Vivienda y
Transporte. En los primeros dos meses del año la inflación se ha desacelerado
levemente, situándose en 7,9% en el acumulado de los últimos 12 meses a febrero de
2012. De acuerdo a la encuesta de expectativas realizada por el Banco Central, se
espera que a fin de año la inflación se ubique en 7,2%.
Los salarios reales continuaron creciendo en 2011 ubicándose en promedio 4% por
encima de su nivel medio de 2010, siendo el séptimo año consecutivo de mejora en el
poder adquisitivo de los trabajadores. Esta evolución se explica por el incremento de
4,9% en las remuneraciones del sector privado y 2,6% en los trabajadores del sector
público. Teniendo en cuenta que en 2011 el PBI creció 5,7% y estimando la evolución
de la masa salarial por la acumulación del crecimiento promedio de los salarios reales y
el empleo (4% y 3,2% respectivamente), es posible afirmar que la proporción de la
masa salarial sobre el PBI no ha registrado variantes significativas en 2011, siguiendo la
tendencia de los últimos años y reflejando un estancamiento en la mejora de la
distribución funcional de los ingresos.
En enero de 2012 se constató un incremento salarial promedio de 6,3% en términos
nominales, fruto de los ajustes correspondientes a los distintos convenios colectivos y
al aumento importante del Salario Mínimo Nacional que creció 20% y pasó a ser de $
7.200. En el correr del presente año vencen los convenios colectivos de un número

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Marzo de 2012
importante de sectores, donde la negociación de los nuevos ajustes determinará en
buena medida la evolución futura de los salarios.
Con respecto al sector externo de la economía, en 2011 las exportaciones de bienes
aumentaron 18% respecto a 2010, fundamentalmente por el aumento de los precios
de exportación ya que en promedio los volúmenes se redujeron. Por su parte, las
importaciones de bienes aumentaron 24%. Durante los primeros meses de 2012, las
ventas al exterior continuaron transitando una senda de crecimiento, impulsadas por
el buen desempeño de las commodities.
Sin embargo, las exportaciones con destino a Argentina se vieron recientemente
afectadas por las trabas comerciales impuestas por el gobierno de ese país,
ocasionando un impacto negativo en la producción y el empleo en algunos rubros de la
industria nacional. En febrero las solicitudes de exportación con destino a Argentina se
contrajeron 60% en relación al mes anterior producto de la aplicación de las trabas
comerciales. Los sectores más afectados fueron papel y cartón, vehículos automóviles
y plásticos, con caídas interanuales en las solicitudes de exportación del 21%, 65% y
72% respectivamente, y en especial el sector textil‐vestimenta para el que no se
registraron exportaciones en Febrero3.
Estos son sectores de gran importancia para la economía uruguaya ya que incorporan
mayor valor agregado a la producción que las commodities y son sectores
relativamente más demandantes de trabajo. Las trabas restringieron severamente la
posibilidad de colocación de estos productos, los cuales en buena medida presentan
un fuerte nivel de dependencia con el mercado argentino, dado que allí gozan de
beneficios arancelarios especiales (extra MERCOSUR) y de ventajas de localización
geográfica. El 92% de las exportaciones hacia Argentina lo constituyen manufacturas a
diferencia del patrón de inserción comercial que posee Uruguay con el resto del
mundo (incluido Brasil), en donde la economía nacional es exportadora neta de
productos básicos e importadora de productos con mayor contenido industrial.
Al cierre del año las cuentas públicas mostraron una mejora respecto al año anterior,
superando las proyecciones de varios analistas. En 2011, el Resultado Global del Sector
Público fue deficitario por U$S 421 millones, lo que equivale a 0,9% en términos del
PBI. En lo que respecta al inicio del año 2012, las cifras oficiales dan cuenta de una leve
desmejora dado el mayor incremento de los egresos respecto a los ingresos del
gobierno. En lo que respecta a las Empresas Públicas, éstas continúan experimentando
un buen desempeño.
En materia de endeudamiento, los últimos datos publicados correspondientes al tercer
trimestre de 2011, indican que la deuda pública prácticamente se mantuvo
incambiada, ubicándose en 54% del PIB. A pesar de los esfuerzos por desdolarizarla,
aún sigue siendo muy significativa la proporción de la deuda nominada en dólares
(60% del total).
3 Datos de Uruguay XXI

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Marzo de 2012
En síntesis, más allá del dato negativo del último trimestre de 2011
fundamentalmente explicado por factores coyunturales, la economía nacional
continúa expandiéndose a muy buen ritmo pese a los vaivenes del contexto
internacional. Otros indicadores macroeconómicos importantes como el desempleo,
el resultado fiscal y en menor medida la inflación también dan cuenta de un entorno
económico relativamente favorable que posibilita avanzar en la profundización de
políticas públicas tendientes a una mayor equidad. Pese a los posibles perjuicios
asociados a la inestabilidad europea y particularmente a las políticas proteccionistas
en la región que requerirán soluciones específicas, es necesario aprovechar la
coyuntura actual para consolidar transformaciones en la calidad del trabajo, la
educación, la vivienda y otros frentes, tendientes a atender la situación de quienes
más lo necesitan.
Cifras relevantes para 2010 y 2011
2010 2011
Crecimiento del PBI 8.9% 5.7%
Tasa de desempleo 6.8% 6.0%
Tasa de empleo 58.4% 60.1%
Inflación 6.9% 8.6%
Crecimiento del salario real 3.3% 4.0%
Déficit fiscal sobre PBI 1.3% 0.9%

martes, 15 de mayo de 2012


Antel y Udelar inauguraron un nuevo espacio de inclusión digital

En el marco de su compromiso social, el jueves 8 de marzo, Antel inauguró de la mano de la Universidad de la República, un espacio de inclusión digital en Cerro.


El flamante infocentro Foica-Apex, lleva el nombre de quien fuera presidente de Foica, Artigas Sánchez.

Estuvieron presentes el rector de la Universidad de la República, Dr. Rodrigo Arocena, la presidenta de Antel, Ing. Carolina Cosse; el gerente general, Ing. Andrés Tolosa; el gerente de área de relacionamiento con la comunidad, Ing. Daniel Iglesias; la directora de Apex, Mag. Susana Rudolf; la encargada de comunicación de Apex, Lic. Natalia De Avila y el presidente de la Federación Obrera de la Industria de la Carne y Afines (Foica), Alberto Garateguy, entre otros.

El infocentro, integrará la Red USI (Uruguay - Sociedad de la Información), compuesta por más de 250 espacios distribuidos en todo el territorio nacional. Se trata de una contribución de Antel a acortar la brecha digital, en profundo apoyo a la construcción de la sociedad del conocimiento. 
La Ing. Cosse explicó que en el marco del compromiso de la empresa con la sociedad, es importante participar en eventos como el realizado. Señaló que Antel es la empresa que despliega los proyectos más importantes de la región, tales como la fibra óptica. “Tenemos la mejor tecnología inalámbrica y además nos preocupamos por desarrollar iniciativas de inclusión digital”. Aseguró que Antel continuará con estas iniciativas, con el objetivo de conectar el 100% de los hogares a Internet, sobre lo cual “construir más y mejor educación, acceso a la oportunidad, al progreso, promoviendo la integración familiar”.
Antel, gran actor educativo del Uruguay del SXXI
En relación a la conmemoración de un nuevo Día Internacional de la Mujer, Arocena señaló que son las mujeres las que apuestan cada vez más a la educación, existiendo un vacío en los estudios universitarios cada vez más notorio por parte de los varones. “El principal problema de la educación es que nos cuesta mucho cooperar entre los distintos actores”, aseguró.
Arocena destacó que Antel es un socio solidario para la Udelar, por lo que es ella como empresa pública y por su personal; “Antel, está llamado a ser uno de los grandes actores educativos del Uruguay del Siglo XXI”.
La directora de Apex, Rudolf, aseguró que “es un placer concretar este tipo de realizaciones para la comunidad del Cerro”.
Por su parte, la futura usuaria del infocentro Haydee Machado, enfatizó que “el centro representa algo muy grande e importante para los adultos mayores”.
El presidente de Foica, Garateguy, dijo sentirse plenamente feliz por haber concretado uno de los sueños planificados desde 2001 por la federación, la realización del infocentro. Al mismo tiempo, invitó a todos los presentes a acercarse al lugar.
    
    
publicado: 15 de marzo de 2012